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PERROS/CRONICAS/MATANZA DE PERROS

Matanza de perros

(Segunda y última parte)

 

Pregón. En la Ciudad de México a 30 días del mes de Abril de 1709 años estando en la Puente de la Audiencia ordinaria de ella, por ante mi Diego Velázquez pregonero público, en concierto de mucha gente, se dio y pregono el auto según y como se contiene, y para el efecto que en el se expresa = Y también se dio otro pregón en la Puente del Real Palacio = y otro en la Plazuela de Jesús de Nazareno = Otro en la del Colegio de San Pablo = Otro pregón en la esquina del Rastro = Otro en la calzada de San Anton = Otro en el barrio de Necaltitlan = Otro en la esquina del de Monzerrate = Otro en la del convento de San Geronimo Otro en la calle del arco de San Agustín, y otros en distintas partes de esta Ciudad; siendo testigos Diego de Meza, Sebastián de Robledo, Diego de Aguilar, y otras muchas personas que se hallaron presentes.– De ello doy fe.

En la Ciudad de México a 12 días del mes de Mayo de 1709, el Sr. Dn. Nuño Núñez de Villavisencio, Caballero de la Orden de Santiago Corregidor de esta Ciudad por S. M. = Por cuanto habiendo sobrevenido la Epidemia y mortandad en los perros y otros animales, de más de dos meses a esta parte, y que los echaban en las calles y acequias, atendiendo a los perjuicios que habían de resultar contra la salud pública, luego y sin delación alguna se dio la providencia de que todos se sacasen a las albarradas y se abriesen hoyos donde se enterrasen, que con efecto se ha hecho, y había, sin embargo, del gran cuidado que se tiene en que todos los días a costa de grandes gastos se sacan los perros y demás animales muertos, explorando todas las calles con borricos que los van conduciendo a dichas albarradas; es el descuido de los vecinos tanto que en sus puertas, calles y acequias los arrojan, y no se puede con la facilidad y brevedad que se pretenden sacar para dichos parajes, por la gran distancia que todas las calles tienen y lo dilatado del lugar; y previniendo del remedio, y que todos los días se consiga, el que los perros y otros animales que muriesen se saquen y lleven a dichas albarradas, y no que queden de un día para otro en dichas calles, hallándose en sitios y plazuelas destinadas; por tanto asignaba y asigno para que los perros y otros animales que muriesen se echen y arrojen, y de allí se saquen todos los días, las plazuelas de Santo Domingo = La de Santa Catharina Mártir = La de Jesús de Nazareno = La de San Juan = La del Factor = La del Volador = La de San Pablo = La del Rastro = y la de San Geronimo.

En cuyos sitios mandaba y mando se echen los dichos animales muertos, y no en las acequias, calles, ni otras partes, con apercibimiento que se procederá a lo que convenga. Y para que llegue a noticia de todos, y ninguno pretenda ignorancia se pregone este Auto en las partes que convenga, y así lo proveyó y firmó.

Nuño Núñez de Villavisencio Gabriel de Mendieta

 

 

AHCM. Fondo Ayuntamiento de la Ciudad de México. Ramo: Policía. Matanza de Perros. Vol. 3662, Exp. 1.

     
 


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